El doctor Enrique Mirabet, médico de la Sociedad Española de Medicina de Tráfico y director de un centro de reconocimiento de conductores, explica en vídeo cómo es el proceso de prorroga (cuando es posible) de un permiso de conducir para aquellas personas que han sufrido un ictus.
Cuando hablamos de volver a coger el volante tras un ictus, “hemos de pensar que la conducción no solamente se basa en el manejo de los instrumentos del vehículo, hemos de pensar que también hay una percepción, hay una capacidad cognitiva que tiene que estar en buen estado y que esta es mucho más complicada de compensar, e incluso imposible de compensar. Por tanto, yo creo, -dice el doctor Mirabet- que lo que deberíamos es ser, si no más restrictivos, sí muy exigentes con todas las secuelas que estén en el área cognitiva y perceptiva“.
Enrique Mirabet, médico de la Sociedad Española de Medicina de Tráfico, fue uno de los ponentes de la jornada monográfica sobre ‘Conducción de vehículos tras un daño cerebral: valoración y capacitación’ que la Red Menni de Daño Cerebral de Hermanas Hospitalarias celebró en el Hospital Beata María Ana. Al igual que hemos ido haciendo con otros profesionales que participaron, compartimos en vídeo un pequeño resumen de su aportación a este encuentro.
El doctor Mirabet es director de un centro de reconocimiento de conductores (CRC), órgano competente que tiene la responsabilidad de emitir el informe de aptitud que permite conducir o no a una persona. Sin embargo, el CRC “no es el único que va a tener una responsabilidad, puesto que al final necesita una serie de información complementaria, en este caso sería la información que viene en el informe que emite el neurólogo que transmite al conductor y que el conductor nos entrega a nosotros y mientras más completo sea ese informe más justa va a ser la valoración y más acorde a la realidad de las acciones del conductor”, aclara.
Al menos 6 o 12 meses sin conducir, según la gravedad
¿Es válido el carnet de conducir tras haber sufrido un ictus? Tal y como explica el doctor en el vídeo, “tras haber sufrido un ictus el permiso de conducir de entrada tiene un periodo de vigencia durante el cual el permiso es válido. Ahora bien, el Reglamento de Conductores dice que en aquellos casos más leves debe estar el conductor 6 meses sin conducir y en aquellos casos en los que hay secuelas tendrá que estar como mínimo 12 meses. Es decir, que aunque el permiso tuviera una validez, la propia norma excluye de la conducción a estas personas durante 6 meses o 12 meses”.
Del mismo modo, añade, en los casos más leves han de transcurrir 6 meses para realizar los partes de valoración y en los casos más graves 12 meses. A partir de ahí, la persona afectada que quiere volver a conducir ha de acudir a un centro de reconocimiento de conductores cuando su neurólogo se lo aconseje. El centro sería el que realizaría la valoración y determinaría las condiciones de conducción.
Respecto a cómo influyen las nuevas adaptaciones y las nuevas tecnologías a la hora de efectuar las valoraciones, el experto responde que la ingeniería ha avanzado tanto que permite manejar los instrumentos a personas que hace unos años era impensable que pudieran conducir. “Hoy en día la dirección del vehículo puede ser electrónica con lo cual un joystick sirve para conducir o se puede utilizar para conducir. Pero estamos hablando desde el punto de vista mecánico del manejo de los instrumentos pero vuelvo a insistir, hay una área perceptiva y cognitiva que posiblemente no podamos compensar y no existan adaptaciones que nos permitan que esa persona conduzca con seguridad mientras presente esas secuelas perceptivas o cognitivas”, concluye el doctor.